Estimados amigos,
Esperando que se encuentren bien de salud, hacemos de su conocimiento una nueva actualización en los requisitos de ingreso al país, los cuales se siguen flexibilizando debido al importante avance en la vacunación de la población peruana y control en los contagios de la COVID-19.
De acuerdo con el Decreto Supremo N151-2021 PCM que entra en vigencia a partir del lunes 6 de septiembre del 2021, se estable lo siguiente:
“Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes que ingresen a territorio nacional, únicamente en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa en las últimas 72 horas si no están protegidos con dos dosis de vacuna. Aquellas personas cuyo resultado sea positivo, ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.”
La redacción de esta norma tiene algunas imprecisiones que deben ser aclaradas en los siguientes días, tales como la valides de la prueba de antígeno para pasajeros sin vacuna completa, o la valides de la vacuna Johnson & Johnson, aprobada por el Minsa y que consta de una sola dosis.
Por otro lado, a partir del 06 de Setiembre del 2021, se levantan las restricciones para pasajeros provenientes o que hayan hecho escala en Brasil e India, manteniéndose la restricción únicamente para pasajeros provenientes o que hayan hecho escala en la República de Sudáfrica.
Además, debido a que el nivel de contagios de la COVID-19 en Perú se mantiene controlado y ninguna provincia del país está en nivel de alerta muy alto o extremo, la norma establece una nueva modificación que reduce el horario de toque de queda, siendo ahora desde las 01:00 horas hasta las 04:00 horas de la madrugada.
Finalmente se recalca que el uso de mascarilla sigue siendo obligatorio para circular en todo el país, así como el uso de doble mascarilla en lugares cerrados como aeropuertos, centros comerciales, bancos, supermercados, entre otros.
Atentamente,
Debe estar conectado para enviar un comentario.